Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en el juicio principal contra la decisión de fecha 30 de abril de 2004, dictada por el Juzgado Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la cual queda MODIFICADA única y exclusivamente en cuanto al concepto de utilidades correspondientes a la accionante condenado por esta Instancia.
No hay condenatoria en costas dado el carácter parcial del presente fallo