DISPOSITIVA
En consecuencia, atendiendo a los motivos expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, NIEGA la Libertad Condicional Por Medida Humanitaria, al penado DANIEL JOSE MARTINEZ MISEL, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 17.971.107, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 502 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el articulo 245 ejusdem.