En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos y condiciones en que ha sido convenida por el ciudadano JOSE GREGORIO MATA HERNANDEZ, antes identificado, a través de su coapoderada judicial abogada Eismery Arvelaez; y la entidad de trabajo CONSTRUCCIONES y PROYECTOS SALAZAR, C.A. (CONSPROSA). a través de sus coapoderados judiciales abogados OSWALDO R. QUEPI BARRETO y MARIA G. PROSDOCIMI N., antes identificados; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA. Y da por terminado el presente juicio.