SE ORDENÓ LA REFORMULACION DEL COMPUTO DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, impuesta a los sancionados CARLOS JESUS ASCANIO LOPEZ y JOSE MANUEL VILLARROEL GARCIA (SE OMITEN DATOS FILIATORIOS), por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el articulo 458,en relación con el 83 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana SAIGLYS DESIRETH RUIZ RENGEL, de la cual han cumplido SEIS (06) MESES, VEINTISIETE (27) DIAS; y como quiera que los mismos fueron sancionados con la MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso UN (01) AÑO,; en consecuencia a los mismo les falta por cumplir CINCO (05) MESES, TRES (03) DIAS, siendo la fecha probable de cumplimiento el 01 de Noviembre de 2017.