Es por todo ello que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA, de conformidad con los artículos 8 y 131 de l Ley Orgánica para la Protección de Niños , Niñas y Adolescentes DECRETA LA REINSERCION, EN EL HOGAR MATERNO, del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hijo de la ciudadana ESTHER MARIA FERNANDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 26.637.094, domiciliados en la Calle El Milagro N° 07, Sector El Esfuerzo, Barcelona, Estado Anzoátegui, la cual se va ejecutar en el hogar de su madre, ciudadana ESTHER MARIA FERNANDEZ GARCIA, hasta tanto este.....