Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO, el Recurso de Apelación presentado por las Abogadas en ejercicio CAROLINA MATA RODRÍGUEZ y FRANCIA MAYERLING GARCÍA, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 141.217 y 141.243 respectivamente, con domicilio procesal en la Calle Bolívar, Centro Comercial San Jorge, Planta Baja, Oficina B-4 de la Ciudad de Puerto Píritu, Municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano TOMMASO TORRIERI DI CRESCENZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-6.336.711, contra la sentencia dictada en fecha 03 de mayo de 2018, por el Tribunal de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripció.....