DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanos FRANCISCO JOSE MARCANO MARCANO y MORELIA DEL VALLE MARCANO RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.192.175 y V-4.503.968 respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana PATRICIA MOYA Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.725 respectivamente.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio Civil en fecha 19 de Julio de 1980, por ante el Registro Civil del Municipio Guanta, del.....