Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE al acusado Ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio del ciudadano LUIS MANUEL GUAICURBA MUÑOZ (OCCISO) y lo SANCIONA con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD POR EL PLAZO DE CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES, Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 620 literal E), 622, y 628 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño. Se ordena la cesación de la medida cautelar sustitutivas inicialmente impuesta.
Regístrese, publíquese y déjese una copia de esta decisión en el Tribunal y remítase la causa al Tribunal de Ejecución Sección de adolescente de este Circuito Judicial Penal en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en .....