este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la nulidad de la certificación realizada por la Secretaria del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 18 de junio de 2010, y la reposición de la causa al estado que, una vez que quede firme la presente decisión, se remita el expediente al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación., Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines que practique la notificación mediante oficio a la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDABAN), de conformidad con en el artículo 213 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Insti.....