Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAFAEL RAMOS GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.205, contra decisión de fecha 27 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de esta Circunscripción.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda por Cobro de Bolívares Vía Ejecutiva, seguido por HOTELES DORAL, C.A. y CONDOMINIO DORAL BEACH VILLAS, TENNIS & GOLF CLUB contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en consecuencia se ordena a la parte demandada a pagar a la demandante, la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL BOLÍVARES (Bs.51.000,oo), correspondientes a las tres (3) cuotas demandadas, a razón de DIECISIETE MIL DE BOLÍVARES (Bs.17.000,oo). Así se decide.
TERCERO: se ordena realizar una experticia complementaria del fallo, de conformidad con el artículo 249 del Códi.....