Por todas las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ACUERDA la Sustitución temporal de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa en contra del Acusado ROBERTO GABRIEL GONZALEZ AMARO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.946.297, natural de Valencia, donde nació el día 15/11/1985, de 22 años edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos JOSE LUIS GONZALEZ y ZAIDA AMARO, residenciado en la Calle Pedro Antonio Medina, Casa S/N, Clarines ¿ Edo. Anzoátegui; consistentes en: 1) La detención domiciliaria del Acusado en su propio domicilio con el debido apostamiento policial, para lo cual se solicitará al Ciudadano Comandante del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzo.....