Por los argumentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; SIN LUGAR la pretensión por partición de comunidad, intentada por la ciudadana IVONNE CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.142.928, de este domicilio, en contra de la ciudadana CARMEN ADALGISA TOVAR CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.003.639. Así se declara.
Se condena en costas a la parte demandante de autos, en virtud de haber sido vencida totalmente, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así también se decide.