Se dictó sentencia Interlocutoria en la presente causa declarandose: CON LUGAR, el recurso de apelación intentado por el abogado LUIS LEON GERARDINO, identificado en autos en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano DANIEL ENRIQUE MILLAN DIAZ, en contra de la decisión de fecha 11 de febrero de 2014 dictada por el Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En consecuencia, SE REVOCA en todas sus partes la sentencia objeto de apelación, en virtud de ello se declara la nulidad del fallo recurrido y se ordena al Juzgado A quo a sustanciar la presente causa por el procedimiento breve y a los fines de brindar seguridad jurídica a las partes intervinientes en la causa, se ordena realizar cómputo por ante la Secretaría y se establezca los lapsos procesales de conformidad con dicho procedimiento, en el estado que se encontraba la causa para el momento de emitirse la sentencia recurrida la cual se deja sin efecto.-