D E C I S I O N
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana YBELICE DEL VALLE LEON, en contra del ciudadano NESTOR ENRIQUE RUEDA BENITEZ, ambos plenamente identificados en autos, y conforme a la Causal Segunda del artículo 185 del Código Civil, por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 13 de Noviembre de 2.000, por ante la Prefectura de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, según consta de Acta de Matrimonio nro. 109, folios 323 al 325, inserta en los Libros respectivos, llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco, Estado Anzoátegui, y agregada a los autos en copia certificada (marcada ¿A¿).- Así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
REGISTRESE y PUBL.....