Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme a los artículos 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara SIN LUGAR la solicitud presentada por la Dra. YASMINE AVILA MIRABAL, en su carácter de Defensora Pública Primera Penal del acusado FELIX JOSE ALVARADO, titular de la cédula de identidad número 8.231.571, en consecuencia, se niega la sustitución de la Medida y se ratifica la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del mencionado acusado, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º del Código Penal, con las agravantes previstas en los numerales 1º, 8º y 9º del artículo 77 ejusdem, en perjuicio de la occ.....