este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales intentó el ciudadano JHONNY JOSE LEUCHE GALLARDO, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nª V-14.552.764 en contra de la empresa COOPERATIVA FLASH SERVICE 696 RL.; en consecuencia se condena a pagar la cantidad total de BOLIVARES TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 31.524,32); adicionando a cada monto los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.