; igualmente compareció el demandado, ciudadano CARLOS JESUS PUERTO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.506.537, representado por la abogada VILMA ARABELLA ESCUDERO, inscrita en el inpreabogado bajo el nº 93.953, así mismo se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público". Acto seguido. En este estado interviene la parte actora, ciudadana, LORENA DEL CARMEN PARRA ALVARADO, antes identificada asistida de las abogadas MARYORIBET SANTANA DE MATA y NELLY REYES GUTIERREZ, quien expone: Desistimos del proceso de divorcio contencioso ya que hemos convenido divorciarnos de manera amistosa y de mutuo acuerdo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. Asimismo solicitamos su homologación. En este estado interviene el Juez Provisorio de este Juzgado quien manifiesta: visto el desistimiento realizado por ambas partes este Tribunal, le imparte su homologación y da po.....