III
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, mediante oficio Nro. 1960-28, de fecha 24 de febrero del 2017, presentado por la ciudadana GLORIA VICTORIA BLANCO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 2.945.683, domiciliada en la Calle 4, Casco Central, Edificio Casa Fuerte, Piso 1, Apartamento Nro. 1-1, Lechería, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la ciudadana EVA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.317.803, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.376, en contra de la Sociedad Mercantil PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES GAMAL, [GAMALCA], debidamente .....