DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por la ciudadana ESMERALDA JOSEFINA LORENZO MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.272.930, en relación con el ciudadano PEDRO MIGUEL LORENZO SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. 8.262.947. En consecuencia , queda disuelto el vinculo del matrimonio civil contraído por los ciudadanos ESMERALDA JOSEFINA LORENZO MATA y PEDRO MIGUEL LORENZO SARMIENTO, en fecha 22 de abril de 1988, por ante la Prefectura del Distrito Bolívar, Municipio .....