Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano RUBEN JOSE NARVÁEZ SALAZAR, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.419.506, natural de Barcelona - Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-09-1972, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión comerciante, hijo de Emilio Narváez (v) y Pastora Salazar (v), residenciado en la Calle Bolívar, los jardines de bello monte Casa s/n de Puerto la Cruz - Estado Anzoátegui, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, por ser esta la que mas beneficia al reo, en perju.....