Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui de El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA, al estado de EVACUACION DE LA PRUEBA DE INSPECCION JUDICIAL PROMOVIDA POR LA PARTE DEMANDADA, dejándose en consecuencia sin efecto la actuación de fecha 07 de febrero del 2012, con expresa constancia de que la oportunidad para su evacuación será fijada por auto separado - Así se decide.-