Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 14 de julio de 2016, por el abogado ANTONIO JOSE OVALLES, apoderado judicial de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA EL HALABI DE AREF, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.498.527, domiciliada en Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, contra decisión dictada por el Tribunal Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Pedro Maria Freites De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, en fecha catorce (14) de julio de dos mil dieciséis.-