DECISION
Por las razones que anteceden, este Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por haberse dado los supuestos establecidos en el articulo 267 numeral 1º del Código de Procedimiento Civil, incoada por la Dra. ARABELLA ESCUDERO, quien procede en su carácter de Apodera Judicial de la Empresa "DIESEL INYECCION BAHIA", en contra de la Empresa VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTRICES INDUSTRIALES C.A (VERAICA). No hay condenatoria en costas de conformidad con lo pautado en el artículo 283 del CPC.
Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber sido pronunciada fuera del lapso legal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.