este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana RAIZA BOLIVAR, supra identificada, en contra del ciudadano RAMON ANDRES VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el N° V-2.740.257 en consecuencia, se condena a pagar la cantidad total de BOLIVARES CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. F. 4.259,20); adicionando a cada monto los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.