Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, el presente Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado HENRY GIRAL, en su carácter de apoderada judicial del demandado ciudadano TOM ERIC SVENSSON y CLAUDIA SUAREZ; contra la decisión de fecha 18 de octubre de 2.011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Y así se decide.-
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión y una vez que conste en autos la constancia en autos que de la última notificación se haga, bájese en su oportunidad a su Tribunal de Origen.-