Éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 26, 44, numeral 1, 49, numeral 2 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 8, 9, 243, 256, numerales 1, 2, y 6, y 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por Medidas Cautelares menos Gravosas, a favor del ciudadano JUAN CARLOS GONZALEZ CUMANA, titular de la cédula de identidad número 14.477.876. Trasládese al mencionado ciudadano hasta éste Despacho para el día viernes 09-04-2.010, a las 8:00am, a los fines de imponerlo de su situación jurídica; debiéndose librar la respectiva boleta de traslado al Director de la Policía del Municipio Guanta de éste Estado. Notifíquese. Regístrese.
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