Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en función de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCION, de los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA). Y Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO y consecuencialmente la remisión de estas actuaciones a la Fiscalía Especializada. Librese la correspondiente Boleta de libertad y el oficio respectivo al ente Policial que participó en este Procedimiento sobre lo aquí decidido.