En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por la ciudadana DIANA CAROLINA GUZMAN YANEZ, a través de su coapoderado judicial abogado Miguel Ángel Guzmán, antes identificados; y la sociedad mercantil demandada FARMACIA MULTIAHORRO, C.A., a través de su coapoderado judicial abogado Sandro Martínez; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse relacionado en el escrito transaccional presentado; por un monto de CINCO MIL BOLIVARES (BsF.5.000,oo) a favor de la ciudadana DIANA GUZMAN cuyo pago se efectuó conforme a lo acordado mediante DOS (02) instrumentos cambiarios signados: el primero 21663391 del Banco BANESCO, de fecha 03 de mayo de 2012 por un monto de BsF.4.....