en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud de jurisdicción Voluntaria de (DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS) presentada por la ciudadana VANESSA JOSEFINA CARVAJAL MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NRO. V-16.489.452, actuando en nombre propio y en representación de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), asistida por la abogada en ejercicio MORELLA VALLEJA PRADO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 23.760, en la cual solicitan que se les declaren UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano JOEL RAMON GONZALEZ ROJAS ,quien era de nacionalidad venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº 8.332.321, fallecido en fecha 27/02/2018,según consta de acta de defun.....