Este Tribunal de Juicio Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECIDE. PRIEMRO: Condena a los Ciudadanos: OMAR JOSE HERNÁNDEZ GUEVARA, quien es venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16. 252.636, natural de esta ciudad de Barcelona, quien nació en fecha 20/04/1984, Soltero de profesión u oficio latonero, hijo Liliana Guevara (v) y de Ricardo Hernández (v) residenciado en la calle 23 de enero casa Numero 3 Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y penado en el articulo 407 del Código Penal, en concordancia con el Articulo 83 Ejusdem, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, y RENE DE JESUS HERNANDEZ PEREZ, quien Venezolano, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.911.798, Soltero, de oficio.....