DECISION
En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana Maritza Josefina Faneitte Martínez, contra la decisión dictada en fecha 22 de marzo de 2.010 por el Juzgado Cuarto en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
SEGUNDO: REVOCA la decisión antes citada, ordenándose al Juzgado de Alzada que resulte competente para dictar nueva sentencia, no incurrir en los vicios advertidos. Y así también se decide.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas.-
CUARTO: Notifíquese a la recurrente ciudadana MARITZA FANEITTE y/o sus apoderados judiciales, al Juzgado Cuarto de Primera I.....