Ahora bien, por cuanto se evidencia que las prenombradas bienhechurias se encuentran enclavadas en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras y adjudicadas al ciudadano: TEODORO JOSE MARTINEZ, anteriormente identificado, mediante Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario Nº 32713917RAT0007668, cursante a los folios diez (10) y once(11) de la presente solicitud, en el cual autorizan al beneficiario a tramitar ante los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes la Evacuación y Protocolización del Título Supletorio sobre las mejoras y bienhechurias de apoyo a la producción fomentadas sobre el referido predio; valoradas las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MARIA JOSE OLIVEROS RODRIGUEZ y GABRIEL ARTURO ROMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedulas de Identidad Nros. V- 21.040.846 y V- 17.421.636, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Santa Ana, Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui, qui.....