En mérito de los fundamentos antes establecidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por cobro de diferencia de prestación de antigüedad y otros conceptos laborales incoare el ciudadano GUSTAVO ALONSO GUEVARA ESTABA contra las empresas WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A y EVI DE VENEZUELA, S.A., y a tales fines condena a las últimas de las nombradas a pagar lo antes discriminado.