DECISIÓN
En merito de lo expuesto este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano RAMÓN HERNÁNDEZ, identificado en autos, contra la empresa mercantil PERGIS C.A., también identificada en autos.
SEGUNDO: No se condena en costas al demandante, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona a los ocho (8) días del mes de julio de 2.004, 194 de la Independencia y 145 de la Federación.