Por todas razones antes expuesta este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de este Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la Republica Boliaría de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente pretensión de Cumplimiento de Contrato, incoada por los ciudadanos Pedro Ojeda y Marcial Ojeda en contra del ciudadano Elías Palacio de D´Angelo, antes identificados, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la parte demandante cancelar a la parte demandada la suma de ciento noventa y tres bolívares (Bs. 193,00), suma ésta que comprende el valor de las dos (2) letras de cambio que cursan a los folios 50 y 51, cuyos instrumentos fueron cancelados por el ciudadanos Elías Rafael Palacios de D´Angelo a la empresa Intersan S.A., por la suma de noventa y seis mil seiscientos ochenta bolívares (Bs. 96.680,00) hoy noventa y seis bolívares (Bs. 96,00); y a los fines del pago ordenado, es decir, de la cant.....