Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la Republica Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDO EL PROCESO, por abandono del trámite, correspondiente al Amparo Constitucional, interpuesto por el abogado EDULFO RODRIGUEZ MALAVE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 78.290, en su carácter de apoderado judicial Sociedad Mercantil INVERSORA OCEAN CLUB C.A, interpuso ante este Juzgado Amparo Constitucional, contra la Alcaldía del Municipio Diego Bautista Urbaneja de esta Circunscripción Judicial.- Asimismo se ordena oficiar a la Alcaldía del Municipio Diego Bautista Urbaneja, a los fines de notificar sobre la presente decisión; y en consecuencia, se suspende la medida decretada por este Juzgado en fecha 11 de septiembre de 2.008. Así se decide.