se declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del Causantes OSCAR EGIDIO SAMER QUIJANO, a las ciudadanas MARTHA MARIA BEATRIZ PORRAS DE SAMER, supra identificada, en su condición de cónyuge, y a sus hijas MARIA CLAUDIA SAMER PORRAS y MARTHA LILIANA SAMER PORRAS, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nro. V-14.764.770, V-10.299.774 y V-10.294.922