en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud, con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana EUDYS DEL CARMEN FARFAN MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.806.530, debidamente asistida en este acto por los abogados en ejercicio YRIANNIS ZAPATA, Inscrita en el Ipsa bajo el Nº 157.603 y RAINIER DANIEL SALAZAR GARCIA, Inscrito en el Ipsa bajo el Nº 322. 699, en contra del ciudadano ARTURO JOSE PARABABIRE SANTAROSA venezolano, mayor de edad, titular.....