Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° y Primer Aparte, 251 y numeral 2° del Artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, Ejusdem, en concordancia con los Artículos 26, 44, 49 ordinal 3° y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda expedir, como en efecto se hace en éste mismo acto, la correspondiente ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano LAUREANO CELESTINO GONZALEZ BARRIOS, quien dijo ser Venezolano, cédula de identidad N°8.295.166, natural de San Mateo, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha: 06-02-1973, de 35 años de edad, soltero, obrero, hijo de Laureano González (v) Carmen Barrios (v), domiciliado en Av.....