En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la parte accionada, SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DESALOJO interpuesta por MANUEL DE FREITAS DE SOUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.469.012 y de este domicilio, a través de Apoderado Judicial, en contra JESUS ALBERTO MEJIAS LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 794.679, domiciliado en la Calle Bolívar Nº 56, de esta ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, ambas partes plenamente identificadas.