DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, las cuestiones previas contenidas en los ordinales 6º y 7º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la parte demandada, con ocasión de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, interpuesta por la ciudadana DANIELA ADRIANA HERNANDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. 16. 478.631, a través de su apoderada judicial Mary del C., Vieito, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. 8. 226. 246, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 82.369, contra el ciudada.....