DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, decretadas por el Tribunal de Control N° 04, en fecha 03-12-03, de conformidad con el artículo 262 del Código Orgáncio Procesal Penal; y en consecuencia se ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE CAPTURA AL ACUSADO EDUARDO JOSE GUEVARA VERDE, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-12.132.644, natural de San Felix Estado Bolivar, donde nació en fecha 16-12-1973, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, hijo de PEDRO LUIS GUEVARA LA ROSA (v) y SILVIA DEL VALLE GONZALEZ VERDE (v) residenciado en la calle La Torre, casa N° 11, Chuparin Central, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Liberta.....