Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HUGO RAFAEL CERQUONE RAVELO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.855.949. en su condición de demandante en el presente Juicio de Divorcio Contencioso, contra la ciudadana ANTONIA JOSEFINA LABRUZZO DE CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.974.271.
En consecuencia se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera de Mediación y Sustanciación de Protección de Niñas, Niños, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 30 de Septiembre del 2.010