Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Nor-Oriental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 11/11/2013, interpuesto por el ciudadano LUIS J. VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.027.338, Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63175, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente "HOTEL PUNTA PALMA, C.A." domiciliada en Lechería Estado Anzoátegui, inscrita en el Registro de Información Fiscal con el Nº J-003109088, NIL: 65547-1; constituida por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 09 de Febrero de 1.990, bajo el Nº 4, tomo 38-A, contra Resolución de Ajustes y de Imposición de Sanciones Nº GRF/RA.....