Por todos los razonamientos arriba expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia por Autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil:
PRIMERO: La Perención de la instancia de la presente causa que por Desalojo, intentaran los abogados: EUDEDY ANTONIO GUARIMATA y MANUEL M. MANUEL M, Apoderado Judiciales del ciudadano: SERGIO COSTANZO, contra la Sociedad Mercantil "URBAN C.A.," supra identificado.
SEGUNDO: Como consecuencia de la presente decisión se suspende la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 02 de Marzo de 2016.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad legal correspondiente......