Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar el petitorio Fiscal y en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en la causa seguida al adolescente del adolescente JAVIER HERANDEZ MALENO, venezolano, Titular de la cédula de identidad N° 17.900.277, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, nacido el 16-11-1985, de diecisiete (17) años de edad, soltero, hijo de los ciudadanos ISOLINA MALENO Y LUIS HERNANDEZ residenciado en Colinas de Calle Bolívar, casa N° 50,( cerca de la Bodega Oneida) de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de HURTO SIMPLE, tipificado en el artículo 453 del Código penal cometido en perjuicio de Eri9ka Michel Pineda Muñoz, de conformidad con los artículos 561 y 562 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adoles.....