Por todos los razonamiento antes expuestos este Tribunald e priemra instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Ejecución Adminisntrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA LIBERTAD inmediata de OMITIDO , titular de la cedula de Identidad No. 20.341.303, ello de conformidad con los atrticulos 37, 617 de la Ley Organica Para la Protección del NIño y del Adolescente, y 44 Ordinal Primero de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela. Librese oficio y Boleta de Libertad.cumplase.