Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente interpuesta por la sociedad mercantil FERRARI CRANE , C.A. con la sociedad mercantil IZAMIENTOS FLLI FERRARI, antes identificadas, por el motivo de CESACIÓN DE USO ILÍCITO DE MARCA.- ASI DE DECIDE.-
SEGUNDO: Se declara la condenatoria en Costas Procesal a la parte perdidosa la Sociedad Mercantil FERRARI CRANE, C.A, de Conformidad con lo dispuesto en el articulo 271 del Código de Procedimiento Civil, ASÍ SE DECIDE.-