se declara CON LUGAR la Solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO, interpuesta por el abogado Nelson Guevara Gutiérrez inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.359, actuando en representación de los ciudadanos ALBERTO ALEXANDER MARTÍNEZ CASTRO y ABDALLY IRENE FATTAL MARÍN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.900.985 y V-19.993.700, disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Turístico el Morro, licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 670, tomo III 181 del año 2014, acompañada a los autos en copia certificada . Y ASÍ SE DECIDE.-