Se dicto sentencia en el presente asunto, declarandose PRIMERO: CON LUGAR: El Recurso de Apelación interpuesta por el ciudadano EMIL JOSE LAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.804.124, debidamente asistido por el Abogado DENNIS HERNANDEZ LAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.145.- SEGUNDO: SE ORDENA REPONER LA CAUSA al estado de que el Tribunal de Municipio se pronuncie respecto a la OPOSICIÓN formulada, y remita los autos al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, que resulte competente, a los fines de continuar la presente causa de DESLINDE intentada por la ciudadana YOLANDA JOSEFINA FEBRES DE RONDON, venezolana , mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.469.948 contra el ciudadano EMIL JOSE LAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.804.124, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 725 del Código de Procedimiento Civil .- Así se decide.